El Kit Digital es la mayor línea de ayudas para la digitalización de autónomos y pymes financiada con fondos europeos Next Generation. Aunque se puso en marcha en 2022, sigue abierto en 2026 con nuevas convocatorias. Si eres autónomo con al menos 6 meses de antigüedad, tienes derecho a un bono de hasta 2.000 € para contratar soluciones digitales a precios subvencionados.
📋 Contenido
¿Qué es el Kit Digital?
El Kit Digital es un programa de ayudas gestionado por Red.es (Ministerio para la Transformación Digital) que se instrumentaliza a través de un "bono digital" asignado a cada autónomo o empresa beneficiaria. Ese bono se canjea por soluciones de un catálogo público de agentes digitalizadores adheridos.
Importante: la ayuda no se cobra en dinero. El beneficiario no recibe un ingreso; el bono lo recibe el agente digitalizador como parte del pago de la solución que te presta. Tú solo abonas el IVA y, en algunos casos, la parte del servicio que supere el importe subvencionado.
Cuantías según el segmento
El programa divide a los beneficiarios en segmentos según el número de empleados. Los autónomos sin trabajadores se encuadran en el Segmento III:
| Segmento | Plantilla | Importe del bono |
|---|---|---|
| I | 10 - 49 empleados | 12.000 € |
| II | 3 - 9 empleados | 6.000 € |
| III | 0 - 2 empleados (incluye autónomos sin empleados) | 2.000 € |
| IV | 10 - 49 (segmentos A, B autónomos con asalariados específicos) | 25.000 € |
| V | 50 - 99 (pymes grandes) | 29.000 € |
La mayoría de autónomos del sitio encajan en el Segmento III y acceden a 2.000 €. Si eres autónomo con 2 o 3 trabajadores, Segmento III ampliado o Segmento II.
Categorías de soluciones financiables
El catálogo oficial distingue 12 categorías de soluciones subvencionables, cada una con un importe máximo asignado:
- Sitio web y presencia en Internet — hasta 2.000 €
- Comercio electrónico — hasta 2.000 €
- Gestión de redes sociales — hasta 2.500 €
- Gestión de clientes (CRM) — hasta 4.000 €
- Business Intelligence y analítica — hasta 4.000 €
- Gestión de procesos (ERP) — hasta 6.000 €
- Factura electrónica — hasta 2.000 €
- Servicios de oficina virtual — hasta 250 €/usuario
- Comunicaciones seguras — hasta 125 €/usuario
- Ciberseguridad — hasta 125 €/dispositivo
- Presencia avanzada en Internet (SEO profesional) — hasta 2.000 €
- Marketplace — hasta 2.000 €
El bono de 2.000 € del Segmento III se puede repartir entre varias categorías, siempre dentro de los límites unitarios. Ejemplo: 1.000 € para una web con comercio electrónico + 500 € para ciberseguridad + 500 € para factura electrónica.
Requisitos para solicitarlo
- Ser autónomo en alta o microempresa/pyme.
- Antigüedad mínima de 6 meses en el RETA en el momento de la solicitud.
- Estar al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente por ayudas anteriores.
- Cumplir los límites de ayudas "de minimis" (no superar 300.000 € en ayudas de este tipo en los últimos 3 años).
- Tener realizado el test de autodiagnóstico digital en acelerapyme.gob.es.
Cómo solicitarlo paso a paso
Regístrate en Acelera Pyme
Entra en acelerapyme.gob.es y crea una cuenta con tu certificado digital. Accede al apartado "Test de Autodiagnóstico".
Realiza el test de madurez digital
Es un cuestionario breve sobre el estado digital de tu actividad (presencia online, herramientas, procesos, ciberseguridad…). Obligatorio y gratuito. Tu resultado orienta qué soluciones te convienen más.
Presenta la solicitud en Red.es
Entra en la sede electrónica de Red.es, busca "Kit Digital" y rellena el formulario de solicitud del bono correspondiente a tu segmento. Todo se hace online con certificado digital. La convocatoria suele estar abierta de forma continua hasta agotar fondos.
Recibe la resolución y el bono
Red.es resuelve en un plazo máximo de 6 meses (habitualmente es mucho más rápido). Te comunican el importe del bono y tu plazo para contratar servicios.
Elige agente digitalizador y firma el "Acuerdo de Prestación"
Desde el catálogo público de agentes, elige uno. Se firma un Acuerdo de Prestación de Soluciones Digitales que se tramita desde la misma plataforma. El agente se hace cargo de cobrar el bono directamente a Red.es.
Fases de implantación y justificación
El servicio se ejecuta en dos fases: implantación inicial (3 a 6 meses) y mantenimiento durante 12 meses. El agente justifica a Red.es cada fase; si todo está correcto, recibe su parte del bono.
Cómo elegir un buen agente digitalizador
El catálogo oficial tiene cientos de empresas. No todas ofrecen el mismo nivel. Algunos consejos para elegir bien:
- Compara presupuestos de al menos 3 agentes, aunque el coste final para ti sea 0 €: el nivel del servicio varía mucho.
- Pide ejemplos reales y recientes de trabajos hechos en tu sector.
- Confirma que la solución incluye mantenimiento 12 meses (es obligatorio en el programa).
- Revisa opiniones en Google y en comunidades de autónomos.
- Evita los que te presionan para firmar en caliente o los que prometen servicios fuera de catálogo.
Errores habituales y cómo evitarlos
- No estar al corriente de pagos con Hacienda o Seguridad Social: la solicitud se deniega. Regulariza antes de solicitar.
- Solicitar antes de los 6 meses de alta en el RETA: no hay derecho.
- Contratar con un agente antes de recibir el bono: lo pagas íntegro y pierdes la subvención. Primero el bono, luego el contrato.
- Elegir soluciones "por elegir" sin valorar utilidad real: acabas con un CRM sin usar y pierdes la oportunidad de priorizar lo que necesitas de verdad.
- No guardar copias del Acuerdo de Prestación y los hitos de justificación: son imprescindibles si hay revisiones posteriores.
Preguntas frecuentes
¿El Kit Digital tributa en IRPF?
Sí. La ayuda se considera rendimiento de actividad económica y tributa en IRPF por su importe. Puedes imputarla en el ejercicio en que se recibe o prorratearla según criterios contables. Inclúyela en tu declaración de la Renta.
¿Puedo cambiar de agente a mitad del proceso?
Con limitaciones. Si hay incumplimiento del agente puedes rescindir el Acuerdo y contratar con otro distinto por el importe restante, pero es un procedimiento formal con Red.es.
¿Qué pasa si el autónomo se da de baja durante los 12 meses de mantenimiento?
La baja como autónomo puede acarrear la obligación de devolver la parte proporcional del bono. Consulta con tu gestoría antes de tramitarla. Revisa también la guía sobre cómo darse de baja correctamente.
¿Sirve para digitalizar si ya tengo web?
Sí, pero con restricciones: el programa no puede subvencionar lo que ya tienes. Sí puede cubrir mejoras sustanciales (migración a tecnología nueva, añadido de e-commerce, módulo de facturación electrónica, etc.).
¿Puedo renunciar al bono una vez concedido?
Sí, formalmente antes de firmar el Acuerdo con el agente no hay penalización. Una vez firmado, la renuncia debe justificarse y puede obligar a devolver cantidades ya ejecutadas.