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Impuestos para autónomos en España

Modelos trimestrales, deducciones y calendario fiscal. Todo lo que necesitas saber para cumplir con Hacienda sin sustos.

Impuestos para autónomos en España: qué tienes que presentar y cuándo

La gestión fiscal de un autónomo en España gira en torno a dos impuestos principales: el IVA y el IRPF. Ambos se liquidan trimestralmente mediante modelos específicos, y ambos tienen una regularización anual. Entender cómo funciona cada uno — y sobre todo, cuánto dinero reservar cada mes — es lo que separa a un autónomo con tesorería sana de uno que llega con lo justo a cada presentación.

El Modelo 303 recoge la diferencia entre el IVA que has facturado a tus clientes y el que has pagado en tus compras profesionales. Si durante el trimestre has cobrado más IVA del que has gastado, ingresas la diferencia a Hacienda. Si ha sido al revés, compensas en el siguiente trimestre. Al final del año, el Modelo 390 resume el ejercicio completo. Llevarlo al día te evita liquidaciones inesperadamente altas.

El Modelo 130 funciona de forma distinta: es un anticipo del IRPF calculado sobre el rendimiento neto acumulado desde enero. El tipo es fijo — un 20% — pero el cálculo es acumulativo, lo que significa que cada trimestre descuentas lo que ya pagaste antes. Si la mayoría de tus clientes ya te practican retención del 15%, es posible que estés exento de presentarlo.

Reducir la factura fiscal pasa por maximizar los gastos deducibles: cuota RETA, teléfono, internet, formación, material, gestoría y en ciertos casos parte del alquiler o de los suministros del hogar. Cada euro correctamente justificado con factura reduce la base imponible y se traduce en menos IRPF. El margen de optimización es mayor de lo que parece, especialmente en los primeros años.

Para calcular cuánto reservar cada mes por IRPF e IVA, el simulador de rentabilidad hace ese cálculo automáticamente. Por último, el calendario fiscal anual centraliza todas las fechas del año: los cuatro trimestres del 303 y el 130, los resúmenes anuales de enero y la campaña de la Renta en primavera. Con un recordatorio bien configurado, ningún plazo debería pillarte por sorpresa.